domingo, 17 de junio de 2012

Fallo Badaro y regresividad distributiva: la defensa corporativa del poder judicial

Existe, por estos días, un recrudecimiento de la preocupación por la suerte que corren las jubilaciones.
Asentados en el fallo Badaro, los detractores de las políticas oficiales emprenden reclamos respecto del uso de la "plata de los jubilados" a otros fines que no sea la actualización de los haberes de aquellos que han conseguido sentencia favorable. Olvidando que la seguridad social no es solamente pago de jubilaciones, sino un conjunto de otras prestaciones más, que hacen a la convivencia social, y al desarrollo futuro.

Para saber qué es lo que se discute hay que remontarse a los años en los cuales Kirchner asumía la presidencia, encontrándose con una realidad catastrófica, con recursos finitos con los cuales afrontar la satisfacción de necesidades no infinitas, pero sí vastísimas. Casi un desafío para la magia.

Miles de argentinos en edad de jubilarse, por ejemplo, se habían quedado sin trabajo antes de cumplir la edad que les permitía jubilarse y sin tener completos los años de aporte. Gente condenada a la carencia de cobertura para los años venideros, que podía suponerse que no serían demasiados. Un sistema jubilatorio de capitalización, viciado de estafas financieras, con comisiones altísimas, que no alcanzaba a cubrir prestaciones mínimas, que tenía que satisfacerlas ANSeS de manera no contributiva, y las famosas pensiones no contributivas que tenían un límite de otorgamiento, independientemente de la cantidad de personas que la necesitaran (el estado decidía que no podían haber más de 300 mil personas en condiciones de cobrar pensiones por invalidez, por ejemplo; hoy se están pagando 1,1 millón aproximadamente). Por último, la jubilación mínima estaba congelada desde 10 años antes. Y nos había pasado por encima una devaluación del 300% que hacía irrisorio el valor de las jubilaciones.

Ante ese panorama la decisión del kirchnerismo fue clave. Decidió, de hecho, hacer frente a todas estas obligaciones, con el siguiente criterio: achicar la brecha entre las jubilaciones más altas y las mínimas. Así, mientras en estos años las jubilaciones mínimas superaron ampliamente el comportamiento del índice de variación salarial que elabora INDEC, las jubilaciones más altas sufrieron incrementos por debajo de estas variaciones. Una transferencia directa de recursos desde las jubilaciones más altas (jueces, directivos de grandes empresas, personal jerárquico del Estado) hacia las jubilaciones más bajas (mujeres sin cobertura de jubilación ni pensión, trabajadores sin aportes suficientes por haberse desempeñado en negro o haberse quedado sin empleo antes de cubrir los años necesarios, trabajadores en relación de dependencia o autónomos con bajos ingresos).

Esta política es la más significativa en cuanto al cumplimiento con el principio de redistribución de la riqueza. Y es necesario defenderla sin pruritos.
El caso Badaro establece que una jubilación actual de unos 20 mil pesos debería transformarse en 50 mil pesos, con pagos de retroactivos, además, de más de un millón de pesos. Quienes defienden el criterio de la Corte Suprema de ajustar las jubilaciones más altas conforme al comportamiento del índice de variación salarial del INDEC están defendiendo el agigantaminto desmedido de la brecha entre los haberes de unos cerca de un millón de jubilados y lo que cobran los otros 5 millones a los cuales en estos años las jubilaciones se les ajustaron por encima de dicho índice para volverlas más dignas y acercarlas el objetivo del 82% móvil.

Sin ningún tipo de prurito hay que animarse a defender este criterio redistributivo, contra quienes sea. Hay argumentos de sobra. Acepto desafíos.

15 comentarios:

Anónimo dijo...

Mariano, y con la cuestion legal que se hace?

Nacho

chacall dijo...

El punto acá mariano es que por ejemplo mi viejo que en dos años se jubila (viajante de comercio en relación de dependencia), va a pasar de ganar 10 a ganar 2,5 en proporción.

Cuando la comparación la hacés entre un juez y una ama de casa suena fuerte, pero cuando la hacés contra un tipo que 35 años laburó 10 horas por día en la calle, y cobra menos que un juez como activo (y son varios los jubilados en estas condiciones), y como pasivo encima cobra muchisimo menos, hay cierta injusticia.

Y eso es un problema.

Ahora, la solución está bastante lejos, a mi modo de ver de la resolución planteada por el caso Badaro.

Probablemente se deba hacer un replanteo más amplio del sistema. No se para donde. Pero analizarlo (y no ir por la fácil de decir que esa entelequia que es "la plata de los jubilados" se use para darles a todos el "82% movil"... ¿el movil de que? ). A veces pienso, que quien más sufre la diferencia del 82% es aquel que como activo cobra un buen sueldo varias veces superior a la mínima. Para dichos casos, que se yo si cobrás 4 mínimas, hacer un sistema mixto donde te obligue a capitalizar ahorros, administrado por ANSES si querés, replicando la composición de los FGS.O contratá un seguro de retiro. Y si no querés, es simplemente una elección.

Lo que si creo que no hay que dejar de hacer, es discutir como debería ser un mejor sistema de seguridad social.

saludos!

Mauro A. dijo...

Dos preguntas:
1) Si alguien cobra $20.000, cuanto pasaría a cobrar de jubilacion sin Badaro?.

2) (Medio off-topic) Por qué se persigue el 82%, y no el 81%, o el 75%, o el 100%?. Tengo entendido que surgió ese porcentaje por que era la plata que sobraba cuando se formó el primer sistema solidario, pero no estoy totalmente seguro. Si esa fuera la razón, carece de sentido discutir si hay que llegar al 82% o no

Alcides Acevedo dijo...

El caradurismo peronista es total.
¿Se acuerdan de De la Rúa? ¿se acuerdan cuando le bajó el 10% a las jubilaciones de más de mil dólares? eso fue considerado un crimen.
¿Y la "tablita de MAchinea"? era un despojo total e inadmisible...

Ahora justifican la estafa a los jubilados y la no suba de los mínimos no imponibles, me parece que en el fondo no terminan de entender de qué se trata.

Es fácil: por cada trabajador en relación de dependencia se debe abonar un 27% (o 31% si trabaja en una gran empresa) del salario bruto sólo en concepto de seguridad social (aportes y comtribuciones patronales)
A cambio de eso los peronistas propones pagar migajas de jubilación... porque hay que darle dineros a los "pobres", toda gente que vivió recibiendo subsidios, asignaciones por hijo, por embarazo, planes descansar, netbooks gratis, comida gratis, unos mangos para ir a los actos del peronismo, etc, etc....

Yo tengo una idea: que Cristina, la militancia K, los sindicalistas, etc, etc paguen de su bolsillo el matenimiento de la gran m,asa de parásitos que conforman la base electoral del peronismo.

Anónimo dijo...

Què `pasa con los aumentos y sumas que siguen sin contar para la jubilaciòn hasta en el Estado? lola

Mariano dijo...

Respondo rápido la pregunta de Mauro y el comentario de Alcides. El resto de los comentarios los dejo para un momento en que tenga más tiempo.
El 82% es sobre el salario que se paga por la actividad con la cual te jubilaste. El porcentaje es 82% del salario bruto. O 100% del neto (de bolsillo). Es decir, es el bruto menos el 18% de descuentos por aportes.
De ahí surge la convención del 82%.

Respecto de la tablita de Machinea y el recorte de las jubilaciones, se instrumentaron como forma de equilibrar cuentas fiscales en un momento de ya no recesiòn sino depresión de la economía. Un despropósito absoluto. El problema no eran los recortes ni los impuestos en virtud de su justicia distributiva, sino en virtud de sus efectos macroeconómicos totalmente nocivos. Y con el objetivo único de salvar la rentabilidad de los sectores rentísticos en detrimento de los productivos. Un mamarracho cuyos resultados sen visibles. E indefendibles. En este caso, por el contrario se trata de políticas que absorben parcialmente recursos provenientes de la expansión, centrando la absorción sobre sectores de recursos relativamente mayores.
Y digamos que las cuentas son muy sencillas. Este es un sistema de reparto, no de capitalización. Una jubilación se paga con los aportes correspondientes a 4 trabajadores del tipo de actividad en la que se retiró el jubilado. Un trabajador activo en promedio aporta durante 40 años, y un pasivo cobra jubilación en promedio durante 20 años. Esto implica que durante su vida como pasivo recibe el doble o màs de lo que aportò durante su vida como activo, en promedio. Si el régimen fuera de capitalización, Badaro no tendría la más mínima chance de cobrar lo que la justicia le autoriza a percibir. Así que si hablamos de gente subsidiada, mejor empecemos por donde corresponde.
Saludos

Mauro A. dijo...

No no, pero se ve que no supe explicar bien mi pregunta (o no entendí la respuesta).

Mi pregunta venía al hecho de entender por que se pide que sea un 82% a lo que se busca llegar, y no a cualquier otro valor. Según tu respuesta, ese numero surge de que el 18% restante (para llegar al 100% del sueldo), es un descuento que surge de aplicarle al bruto los descuentos por aporte. Pero estas seguro de eso?, por que no tengo ni idea cuántos eran los aportes que se pagaban cuando se propuso ese porcentaje por primera vez, y ni que el porcentaje de aportes haya sido siempre el mismo.

Y si ese es el problema, se soluciona facil, se aumenta el porcentaje de aportes, entonces se reduce el % movil requerido. Ponemos los aportes al 15%, y el movil queda en 78% :P

Belanix dijo...

yox tampoco entendí la explicación del 82% móvil. Porque se supone que los militares cobran el 100% móvil [aunque siguen aportando un 11% cuando se retiran]

Y otra duda. 4 aportantes por jubilado es por actividad? no global? entonces no se puede dar el caso que determinadas actividades tengan más aportantes por jubilado?
saludos

Mariano Grimoldi dijo...

En relación a las dudas de Mauro (que también menciona Belanix): una cosa son los aportes patronales y otra los descuentos sobre el salario.
Un ejemplo: un trabajador cobra un salario de 5000 pesos. El empleador hace aportes por el 20% de ese salario (para jubilaciones, asignaciones familiares, obra social, etc.). Son 1000 pesos, aportados por el patrón al sistema de seguridad social y salud (no solo jubilación). Y aparte, sobre los 5000 pesos de salario se hacen descuentos por el 18% (11% previsional, más porcentajes de obra social, APE (ex ANSSAL) y otros). Son 900 pesos de descuentos. Lo cual hace que el trabajador cobre neto, 4100 pesos. La convención por la cual se pide el 82% sale de ahí. Es el 100% del bruto, menos los descuentos. O sea, cuando te jubilás cobrás en mano lo mismo que cuando trabajabas. Que haya muchas variantes que modifican las situación para cada realidad es otra cosa. Pero el número 82 no es esotérico, surge de ahí.
Modificar el porcentaje de descuentos, como sugiere Mauro, implicaría modificar el salario de bolsillo.
En cuanto a la cantidad de activos por pasivo a la que refiere Belanix, como bien decís la estimación es general para todo el sistema. Las estimaciones por tipo de actividad son mucho más complejas (interviene también el hecho de que un trabajador se le calcula el haber a partir de sus últimos 10 años de aporte promedio, y no hizo el mismo nivel de aportes durante los 40 de su vida laboral). Por eso, es una simplificación de mi parte, porque el cálculo completo es muy difícil de hacer, pero no hay motivos para pensar que escaparía demasiado a esa simplificación. Lo que quiero decir es que un jubilado en condiciones de pedir por vía judicial un haber de 50 lucas jamás cobraría eso de haber aportado a capitalización (salvo que hubiera aumentado mucho sus aportes voluntarios, pero no con la misma guita que le aportó a ANSeS).
Saludos

Mariano Grimoldi dijo...

Nacho: efectivamente la cuestión legal es el obstáculo para llevar a cabo este principio, por lo cual debería pensarse en corregir alguna normativa. Poner el tema en discusión colaboraría para legitimar de algún modo ajustes diferenciales por nivel de haber, plasmado legalmente hacia el futuro. Con los actuales haberes y ajustes por vía judicial no hay mucho para hacer más que asumir las deudas y negociar planes de pago razonables con la excusa de la sustentabilidad en los pagos por resguardo de la salud financiera de la ANSeS. Es decir, lo que se está haciendo, ante lo que constituye, además, una presión política por parte de la corporación judicial. En este punto tampoco nos engañemos. Ese componente político, se puede operar políticamente.

Chacall (si no te molesta, por ahora te sigo llamando así). Es necesario reformular probablemente el sistema. es verdad lo que decís, no en toda la escala de haberes es principio resulta tan justificable. Y eso se arregla con un coeficiente que determine ajustes diferenciales por nivel de haber. Después, la promoción de productos financieros como seguros de retiro a los cuales volcar aportes voluntarios quedaría por cuenta del sector privado. Hoy esos seguros existen. Hay que aportar en el exterior. No estaría mal que se desarrollara esa actividad internamente como modo de tapar salida de capitales (que es insignificante hoy, pero quién sabe mañana). Incluso la renta de esta capitalización podría sumarse el monto imponible de ganancias, en caso de que el estado quiera recuperar algo de esa renta. En fin, habría que verlo en detalle. Pero no es tan descabellado me parece pensar en una cobertura estatal básica, con una brecha menor a la actual incluso entre las jubilaciones más altas y las más bajas.
saludos

el pincha dijo...

como siempre excelente post y en este caso tambien los comentarios...salvo el anacrónico de acevedo, que lo leo en otros blogs con el mismo odio de clase...por que no es otra cosa.

Eduardo dijo...

Medio chicanero Mariano, comparar la jubilacion de una pobre ama de casa con una jubilacion de privilegio de un juez.
En el medio hay un enorme universo de puntos medios (que de hecho, son o eran la mayoria de las jubilaciones).
Hay mucha gente, laburantes normales, que bajo el esquema kirchnerista, perdieron poder adquisitivo.
O sea, una distribución del ingreso de la clase media hacia sectores mas pobres.
Mas progresista hubiese sido una distribucion del ingreso que afecte a los sectores de alto poder adquisitivo.

Mariano Grimoldi dijo...

Eduardo: hay 300 mil sentenciass, y los casos judicializables (dicho por la propia Justicia) son 1 millón más o menos. Sobre 6 millones y medio de jubilados. 15% más o menos.
Saludos

Eduardo dijo...

Y todas las sentencias y casos judicialzables Mariano, corresponden a estos montos?

Mariano Grimoldi dijo...

Te pregunto yo eso a vos. Y sabés de qué montos son?