jueves, 22 de noviembre de 2012

La definición de Griesa


Volvemos a hablar sobre el fallo de Griesa, porque el juez dio (rápido) las definiciones que le habían pedido desde la Corte de apelaciones.

El problema para Argentina no es la particular interpretación del pari passu que hace Griesa, de que Argentina deba pagarles el 100 % del valor nominal más intereses y punitorios a los tenedores de los bonos en default no canjeados, lo cual los pone más que pari passu en situación de privilegio de acuerdo a mi manera de ver, que coincide en este caso con el estudio de abogados argentino y los fondos y tenedores que sí entraron a los canjes de 2005 y 2010 y que así se lo hicieron saber al juez mediante un escrito que éste evidentemente ignoró.

El problema está en el levantamiento de la medida de no innovar. Es decir, Argentina queda obligada a optar entre pagar 1330 millones de dólares a los hold-outs o entrar en default con los acreedores que sí entraron al canje y que cobran en Nueva York. Porque si les efectúa los pagos a estos últimos Griesa ya avisó que esos fondos son embargables. No le interesó ni los descargos del Bank of New York (agente de pago), ni de la Clearing House Association (la asociación que nuclea a las casas de clearing), ni de la Reserva federal de Nueva York.

O sea, las chances de eludir el pago de diciembre a los holdouts sin entrar en default son casi nulas. Porque se necesitaría un nuevo no innovar, y la verdad es que los que conocen del tema no lo ven posible antes del 15 de diciembre.

El otro problema es que según la llamada ley cerrojo, si Argentina atiende el fallo de Griesa, los bonistas que entraron al canje aceptando la quita, tienen la posibilidad de reclamar judicialmente que se los trate igual a como Griesa obliga a tratar a los holdouts.

Entonces, un juez de primera instancia de Nueva York se carga la estrategia argentina de reestructurar la deuda defolteada por Rodríguez Saa (en sincero blanqueo de los desastres del tandem Cavallo-De La Rúa). Pero arrastra también a parte del ordenamiento financiero internacional.
Hoy Nueva York es una plaza menos recomendable para emisiones de títulos y bonos en general. No lo digo yo: lo dijeron hace unos días la Reserva Federal de ese estado, las casas de compensaciones, y el Banco de Nueva York.

De hecho, lo más probable es que para salir del paso, y eludir los pagos a holdouts y los embargos, Argentina arregle con los bonistas que entraron al canje hacer los pagos por otra vía, en otra plaza.
Probablemente, si la maniobra denunciada por Lorenzino es cierta, los fondos buitre cobrarán por los CDS, ya que no va a haber forma de convencer a las calificadoras de que eso no es un default. Las aseguradoras pagarán.
Y, de alguna manera, Argentina quedará ante los operadores financieros internacionales en la rara situación de tomar decisiones controvertidas para con una parte del establishment, lo cual le quitará posibilidades de financiarse (más todavía) pero poniéndose en esa situación de riesgo en favor de honrar los compromisos con otra parte: el 92% de los bonistas que aceptaron el canje. Que al mismo tiempo es la forma de pagar menos y con un esquema considerado razonable en el momento de construirlo.

14 comentarios:

Norberto dijo...

Voy a hacer una interpretación no convencional del fallo puesto que por empezar no soy boga, de la lectura de dos versiones en castellano, no pude entrar a la del WSJ, lo que hace es por motivos de urgencia fallar por encima de lo ordenado por el tribunal de apelaciones, y ordena cosas que van a contramano de los derechos de los particulares que recibirían los pagos en Argentina y girados a sus cuentas en New York, por lo irregular de todo, que es incluso admitido en el fallo, habilita al inmediato tratamiento por el tribunal superior, como el depósito debe ser efectuado antes del 15 de diciembre, no bloquea el pago del 02 de diciembre, que es de menor cuantía, además para esa fecha del 15, obliga a depositar como fianza la cifra que piden los buitres, pensando en que su denegación de apelación sin suspenso no tendrá suerte.
Un análisis de estas acciones, me dicen que se pudrió y se está jugando a suerte o verdad, ya que supone que el tribunal superior va a ir de culo contra ese fallo que desconoce lo ordenado por el mismo, y actúa en consecuencia para que lo aparten, pase a instancias superiores, y el pueda exhibir ante sus mandantes, Singer y demases, su buena voluntad.
En síntesis, para mi de aquí al 15 correrá mucha agua bajo el puente, en contra de lo dicho por los que has consultado, puesto que ni siquiera se necesita apelar porque el fallo vuelve directamente a la Cámara.
Nunca menos y abrazos






Mariano dijo...

Norberto: lo que se supone es que la Cámara lo ratifica sí o sí, porque de hecho ya lo hizo. Y para este caso solamente le pidió a Griesa que hiciera la aclaración técnica de cómo se tenía que pagar para cumplir.
Entonces a Argentina le quedaría hacer una apelación ante el pleno de la corte de apelación (que son 13 miembros) o ante la corte suprema.
En lo que es procedimiento judicial yo repito lo que dicen los analistas consultados en los diarios.
Saludos

Norberto dijo...

No es tan así, Mariano, la cámara lo que le dice es que presenté un método adecuado que está sujeto a su aprobación, y lo hace una de las salas, por lo que Argentina pidió que esto fuese tomado por el plenario del tribunal, o sea que allí habría dos instancias, y mi análisis, es poco ortodoxo porque conociendo algo de USA, este fallo no solo implica las deudas soberanas, que a ellos les importan, pero en forma tangencial, sino que esta forma de renegociación es paralela a la que se establece en ese país para las empresas en concurso de acreedores, el famoso Chapter Eleven de la ley de quiebras de ellos. Un fallo de estas características da jurisprudencia para esto, y pone patas para arriba también estos arreglos, y hoy hay y habrá muchas compañías bajo protección del famoso Chapter Eleven, así que imagínate las consecuencias.
Nunca menos y abrazos




Mariano dijo...

Bueno, en ese caso es cuestión de que los lobbys sean eficientes para que el caso sea aceptado por la corte suprema. Pero lo que parece es que cada vez hay menos tiempo.
Ojalá que le revoquen el fallo a griesa, porque si no se cae toda la reestructuración exitosa post-default

Norberto dijo...

No se si leíste lo publicado sobre el fallo, pero el mismo reconoce que por la urgencia, desconoce las órdenes del tribunal de segunda instancia, y avanza con un fallo definitivo que no está sustentado por lo que debe aprobar este, por lo que considerando todos los intereses en juego, y la jurisprirencia que sentaría, que allí es mas importante que las leyes, sobre todo para el Chapter Eleven, yo me inclino por una resolución rápida sobre este fallo, aunque no sobre la cuestión de fondo, con efectos suspensivos sobre las resoluciones de Griesa.
Nunca menos y abrazos

Mariano dijo...

O sea, vos decís que la corte de apelaciones no va a ratificar lo decidido por Griesa ayer, sobre los 1330 millones de dólares en la cuenta de garantía, y que los abogados se sienten a definir montos de intereses y punitorios.
Bueno, veremos. En lo que es muy explícito Griesa es en cuanto a las declaraciones de Cristina y Lorenzino de que no les iban a pagar a los buitres, así como que tampoco los abogados argentinos supieron contestar cuando se los consultó sobre esto y las versiones de prensa. De todas maneras yo no creo que una decisión legal de esta importancia y con estas implicancias pueda ser definida por un discurso de un dirigente.
Saludos

Mariano dijo...

Pero sí, Griesa también es explícito respecto de que su decisión de dar de baja el "no innovar" revierte la decisión de la corte de apelaciones de que el mismo se mantenga en pie hasta que esté terminado el proceso de apelación en segunda instancia. Y pone como argumento de esta contradicción las declaraciones de Cristina y Lorenzino.
Viéndolo de este modo parece un poco más probable que se dicte otra cautelar.
pero es una suposición de aficionado, porque desconozco si legalmente esto funciona así, si la corte de apelaciones puede dictar un no innovar. No sé, la verdad.
Saludos

Norberto dijo...

Además, y sigo derivando por las nubes de Ubeda, como el deposito debe efectuarse antes de 15 de diciembre, da la posibilidad de adelantar el pago, cosa medio rara pero posible.
En fin, veremos.
Nunca menos y abrazos

Norberto dijo...

Corrijo, leyendo el fallo en inglés, debo suponer que lo anterior no es posible sin la existencia de una sentencia correctiva de lo ordenado por Griesa.
Nunca menos y abrazos

Mariano T. dijo...

O sea que nos cagaron por bocones?
Me parece que lo ideal es ofrecer canjear todos los bonos emitidos sobre NY, pero es eso posible en tan corto plazo?

Anónimo dijo...

perdon, a simple vista parece un fallo de compromiso que sabe va ser revocado en instancia superior y no asumir responsabilidades. Si el argumento que ganó en la Corte de Apelaciones en su momento fue "no discriminación, igualdad" y con este Griesa no equilibra la situación.

Norberto dijo...

Según el fallo, no existe esa posibilidad Mariano T, pero si me permitís opinar, eso es una escusa, porque siempre dijeron que no le pagarían a los buitres, pero nunca que se desconocería un fallo en firme, y la primera y ni siquiera la segunda instancia, pueden emitir un fallo que cambien reglas nacionales e internacionales de USA, y ser definitivos.
Nunca menos y abrazos

Carlos G. dijo...

Bueno, desde el sentido común (que poco tiene que ver con las normas y las leyes) y tomadas en contexto, las declaraciones de Cristina y Lorenzino debieran interpretarse como una negativa a aceptar las condiciones que fijan los fondos buitre y no una negativa a una reapertura de las negociaciones con dichos fondos.

Mariano dijo...

Mariano T: canje no se va a hacer ahora. Pero si el fallo de griesa es ratificado o sigue en proceso la apelación sin cautelar, Argentina seguramente va a pagar en otra jurisdicción a los que entraron al canje. Les gustará o no, pero si quieren cobrar lo van a tener que aceptar, porque si vamos por Nueva York nos (los) embargan.
Es default. Y bue, bonos baratos hasta que se confirme que se siguen pagando. No pasa gran cosa salvo que sigue cerrado (más que antes) el mercado de crédito externo, en un momento en que desde el sector público amplio (empresas, por ejemplo) se empezaba a tratar de abrir. O sea, "viento de cola"? Solamente por balanza comercial.
Saludos